NO COMPETENCIA / NO DIVULGACIONES

Abogados de No Competencia / No Divulgación en Coral Gables, Miami y New York

Su poder de negociación es más fuerte cuando se le pide que firme el acuerdo. El próximo mejor momento para renegociar en el momento en que deja el empleo de una empresa. Brian Barakat explica sus opciones.

 

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LITIGIO NO COMPETENCIA

El litigio de no competencia es la piedra angular de nuestra práctica. Los clientes contratan a Barakat + Bossa como resultado de nuestra experiencia y participación en esta área del derecho, así como también porque el socio fundador Brian Barakat dirigió la sección de Derecho Comercial del Grupo de Trabajo de No Competencia del Colegio de Abogados de Florida.

Manejamos no competencia; convenios restrictivos; no solicitaciones; la no divulgación y la caza furtiva, que son cuestiones que suelen surgir en la venta de un negocio y la pérdida de una persona clave o en el movimiento de empleados. Barakat + Bossa representa tanto al empleador como al empleado, vendedor o comprador en estas transacciones. Hemos tenido un éxito constante al litigar estas acciones a nivel de tribunales estatales y apelar.

 

ACUERDOS DE NO COMPETENCIA

Las empresas utilizan acuerdos de no competencia principalmente para restringir que un empleado, al salir de la empresa, trabaje inmediatamente para una empresa competidora y para evitar la revelación de información comercial importante a esa nueva empresa.

En Florida, dicha información protegida puede incluir: secretos comerciales, información comercial valiosa que de otro modo no califica como secreto comercial, listas de clientes o posibles clientes y capacitación extraordinaria o especializada.

Los acuerdos de no competencia en Florida se pueden hacer cumplir siempre que se obedezcan las siguientes condiciones:

  • la duración del acuerdo no es irrazonable. En Florida, a menudo se considera razonable seis meses, pero es probable que un acuerdo no competitivo de dos años no se considere razonable.
  • la empresa que desee hacer cumplir el acuerdo debe tener un interés legítimo en hacerlo cumplir y no debe simplemente extralimitarse o hacer cumplir el acuerdo sin una buena razón.

ACUERDOS DE NO DIVULGACIÓN

Los buenos acuerdos de no competencia contienen cláusulas de no divulgación diseñadas para restringir la revelación de "intereses comerciales legítimos", como secretos comerciales e información confidencial y de propiedad exclusiva.

Es posible que una empresa protegida por un acuerdo de no divulgación demande por daños, honorarios legales e incluso devolución de beneficios, mediante el cual se entregan las ganancias resultantes de la divulgación indebida.

 

SALIR DE UN ACUERDO NO COMPETENTE

La carga de la prueba de que un acuerdo no competitivo es razonable en su duración y alcance recae en la empresa que desea hacer cumplir el acuerdo y no en el empleado que desea salirse del acuerdo.

A menudo se utiliza un abogado comercial calificado que esté familiarizado con los acuerdos de no competencia y no divulgación para ilustrar que un acuerdo no es razonable o que no existe un interés comercial legítimo para hacer cumplir el acuerdo.

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